Elecciones del 2026 tendrán menos partidos políticos que en 2022

Los partidos políticos deberán presentar a más tardar este 20 de marzo la liquídación de gastos reembolsables. Foto Sócrates Colindres
photo_camera Los partidos políticos deberán concluir a más tardar este 31 de julio sus procesos de renovación de estructuras para las elecciones nacionales. Foto Sócrates Colindres

Aún en el caso de que ninguno de los partidos políticos que están en proceso de renovación de sus estructuras internas se quede fuera del proceso electoral del próximo primero de febrero de 2026, en la elección presidencial habrá una menor cantidad de agrupaciones políticas respecto de 2022.

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) informó que son 19 los partidos políticos que están en proceso de renovación de cuadros, después que el 31 de enero del presente año venciera el plazo para comenzar esa fase.

Según los datos del Tribunal, hay 34 partidos políticos a escala nacional y 23 a escala provincial. Sin embargo, muchos de ellos están inactivos, lo cual les impide participar en el proceso electoral.

Además, hay 7 partidos a escala provincial que están en ese proceso de renovación de estructuras, por lo que, en principio, serían los que llegarían a la contienda en el terreno parlamentario.

En 2022, 25 partidos tomaron parte en la elección presidencial, mientras que en la elección parlamentaria fueron 36 los que se registraron a escala provincial.

La jefa del Departamento de Partidos Políticos del TSE, Martha Castillo explicó que hasta la fecha hay cuatro resoluciones en el caso de los partidos a escala nacional y uno a escala provincial, con previsiones por inconsistencias en sus procesos.

Añadió que, el Tribunal denegó en primera instancia la inscripción de un partido a escala nacional porque presentaba inconsistencias en la documentación.

Eso sí, la denegatoria no es definitiva, ya que sus dirigentes pueden corregir las irregularidades en tiempo.

Todos los partidos deben concluir su proceso de renovación de estructuras a más tardar el 31 de julio del año en curso.

De acuerdo con el Tribunal, en el artículo 52 del Código Electoral se establecen tres requisitos esenciales para ser inscritos: haber conformado todas sus estructuras desde las asambleas cantonales, provinciales y nacionales; haber celebrado una asamblea superior y ratificar sus estatutos; y presentar las adhesiones conforme con lo que el partido político aspire a inscribir.

Según Castillo, la mayoría de las inconsistencias que se han presentado tienen que ver con el tema de no haber logrado conformar adecuadamente sus estructuras.

En el caso en que se adviertan inconsistencias es porque el partido ha cumplido los requisitos esenciales, pero en algunos de ellos hay alguna cosa que debe ser subsanada. Entonces, la mayoría de las inconsistencias que se han advertido hasta el momento tienen que ver con el tema de este los estatutos partidario, básicamente.

Castillo expreso las subsanaciones tienen que ver, por ejemplo, con aspectos, por ejemplo, de cómo van a aplicar las paridades horizontales, algunas pautas para la publicidad en época electoral que no están claras, o, las funciones de algunos de los órganos que es obligatorio que tenga el partido político.

Mencionó entre las omisiones regulaciones para erradicar la violencia contra las mujeres en la política, que deben estar incorporadas en el estatuto partidario.

Recordó que los partidos deberán cumplir con la paridad horizontal, la paridad vertical y el mecanismo de alternancia.