Chaves insiste en cuestionar al TSE obviando mandato del Código Electoral

Repite que magistrados le aplican una "ley mordaza".
El presidente de la República Rodrigo Chaves considera que lo que hace el TSE es aplicarle una ley mordaza
photo_camera El presidente de la República, Rodrigo Chaves volvió a atacar al TSE Pese a que la orden que le giró está contemplada en el Código Electoral.

El presidente de la República, Rodrigo Chaves volvió a señalar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), en medio de una campaña de desprestigio que inició hace algunas semanas, una vez que los magistrados le ordenaron acatar el Código Electoral.

Chaves sigue molesto porque el TSE le recordó que no puede hacer referencia a logros de su administración en el marco de la campaña política que arrancará en octubre próximo.

De hecho, durante la presentación semanal que encabezó el mandatario este miércoles en Casa Presidencial, presentaron una imagen con el mensaje: "83 días de Ley Mordaza". El ministro de Comunicación, Arnold Zamora, dijo que, de esa forma se le va a llevar la cuenta al Tribunal y como recordatorio para los costarricenses.

El mandato del TSE que el mandatario cuestiona se corresponde con el artículo 142 del Código Electoral.

Código Electoral
ARTÍCULO 142.- Información de la gestión gubernamental.
Prohíbase a las instituciones del Poder Ejecutivo, de la administración descentralizada y de las empresas del Estado, a las alcaldías y los concejos municipales, difundir, mediante cualquier medio de comunicación, información publicitaria relativa a la obra pública realizada, a partir del día siguiente de la convocatoria a elecciones nacionales y hasta el propio día de las elecciones. Quedan a salvo de esta prohibición, las informaciones de carácter técnico o científico que resulten indispensables e impostergables, por referirse a aspectos relacionados con la prestación de servicios públicos esenciales o por emergencias nacionales. Las publicaciones contrarias a lo dispuesto en esta Ley harán incurrir a los funcionarios responsables en el delito de desobediencia y beligerancia política, previa resolución del TSE.

Pese a que el mandato es ley de la República, Chaves volvió a sostener que el Tribunal le quiere coaccionar su derecho a la libertad de expresión. Y pese a que el texto es claro, y todos los que han ejercido la presidencia de la República desde que está en vigencia la han entendido, cuestionó que desde el miércoles pasado envió una carta al TSE para que explicaran con detalle qué es lo que “puede o no puede decir”.

Con algo de sarcasmo, dijo que en el TSE lo han catalogado como un “orador influyente", y que preferirían que fuera "un orador irrelevante”.

En ese punto, el presidente Chaves, acusó que el Tribunal no ha callado a muchos con anterioridad; "a otros oradores que causaban desagrado y repugnancia. Qué mal que estamos Costa Rica en ciertas cosas”, apuntó.

La resolución del TSE

El TSE, mediante la resolución n° 4190-E8-2025, del 20 de junio, adecuó su interpretación del artículo 142 del Código Electoral a dos pronunciamientos recientes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En la fundamentación de la decisión, los magistrados electorales recordaron que el constituyente de 1949 se preocupó por incluir cláusulas que aseguran que ninguna de las fuerzas políticas en contienda obtuviera ventajas indebidas del aparato público. Aún más, la Constitución Política califica de garantía del sufragio la “imparcialidad por parte de las autoridades gubernativas”.

Y, por primera vez, los magistrados extendieron las restricciones a medios de comunicación y plataformas digitales institucionales, ya sea que medie pago o no.

La legislación señala que la difusión de los logros obtenidos en la gestión gubernamental se entiende como “beligerancia política”, lo cual se sanciona con la “obligatoria destitución” de la persona funcionaria y con su inhabilitación para ejercer cargos públicos por un período no menor a dos años.