Acción de inconstitucionalidad frena dos denuncias contra Rodrigo Chaves
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) presenta un retraso de alrededor de unos 200 expedientes que esperan ser analizados por a la Sección Especializada que se encarga de resolver los procesos por beligerancia política.
Ello, como consecuencia de una acción de inconstitucionalidad que la Sala Constitucional se tardó en resolver, y que mantuvo paralizadas todas las gestiones en relación con esa materia.
El viernes pasado el secretario general del Partido Liberación Nacional (PLN), Miguel Guillén cuestionó al TSE aduciendo que se ha tardado en pronunciarse sobre dos denuncias contra el presidente de la República, Rodrigo Chaves, por supuesta beligerancia política.
Esas denuncias fueron presentadas desde el año anterior. Una de ellas, la firma Guillén,. en nombre del PLN, y la otra, es una gestión del Partido Acción Ciudadana (PAC).
Chaves suele llamar a la población a que en las elecciones presidenciales de 2026 no respalden al PLN, al Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), al Frente Amplio o al Partido Liberal Progresista (PLP). Y suele insinuar supuesta corrupción entre sus dirigentes.
Según explicó Andréi Cambronero, jefe de Letrados del TSE, las denuncias quedaron suspendidas desde el año 2019 y los expedientes se fueron acumulando luego de dos procesos electorales (2022, Nacionales;, y 2024 Municipales).
La sección especializada del Tribunal continuó recibiendo denuncias en estos años, pero no podía resolver sino hasta mediados del presente año, una vez que la Sala falló.
De hecho, en una primera instancia, el año anterior los magistrados rechazaron la acción por defectos formales del escrito. Sin embargo, pocos días después las personas interesadas volvieron a plantear una nueva acción, la cual finalmente se resolvió hace unos meses.
Los accionantes refutaban cuatro artículos del reglamento de la Sección Especializada del TSE, pero el voto 2024-0023861 concluye que no hay inconstitucionalidades en esas normas porque el Tribunal tiene la competencia para regirse en esos casos.
En el por tanto, el magistrado instructor, Jorge Araya dejó claro los términos bajo los cuales puede operar el TSE en la materia de su competencia.
Más allá de ello, las razones de fondo para el rechazo de la acción de inconstitucionalidad se incluirían en el texto completo de la sentencia, que aún está pendiente.
En el caso de las gestiones contra el presidente Chaves, en caso que prosperen, el TSE deberá trasladar el expediente a la Asamblea Legislativa para que defina los pasos a seguir.