La nueva versión del proyecto de Ley Jaguar se encuentra en estudio de admisibilidad por parte del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Esto debido a que el esposo de la diputada oficialista Pilar Cisneros, Édgar Espinoza, presentó una tercera versión del plan, que consta de un único artículo. Al mismo tiempo, solicitó dejar sin efecto la gestión anterior, presentada en julio pasado.
Es la tercera vez que Espinoza procura conseguir autorización del TSE para la recolección de firmas en respaldo la realización de referéndum, por iniciativa ciudadana para el plan que impulsa el presidente de la República, Rodrigo Chaves.
Andrei Cambronero, jefe de Despacho de la Presidencia del TSE, indicó que Espinoza presentó la nueva gestión, este miércoles, minutos antes de las 11:00 a.m.
“También peticiona al Tribunal autorización para el acopio de rúbricas ciudadanas con el objeto de llevar a consulta popular un proyecto de ley que se sirve adjuntar y que denomina ‘Ley Jaguar para fortalecer la gestión pública y su fiscalización' que consta de un único artículo, el cual pretende modificar el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.
“Básicamente ese artículo que se propone es el artículo dos que tenía la ‘Ley Jaguar 2.0’”, afirmó Cambronero.
Externó que los magistrados del TSE analizan la admisibilidad de la petición, por lo que es prematuro señalar si se harán consultas o no en este nuevo expediente.
Según el Poder Ejecutivo, el nuevo proyecto no amerita ir a la Sala Constitucional. Las ministra de la Presidencia, Laura Fernández considera que ya el asunto quedó resuelto en la reciente resolución que indicó que la reforma no era inconstitucional.
El 1° de octubre anterior, los magistrados de la Sala Constitucional resolvieron que dos de los tres artículos de la iniciativa de ley Jaguar 2.0 eran inconstitucionales.
Y por mayoría, la Sala determinó que la reforma planteada al artículo 12 de la Ley Orgánica de la CGR no presenta vicios de constitucionalidad.
Según el “Por Tanto” de la Sala, el magistrado Paúl Rueda enfatizó en que la redacción propuesta es constitucional siempre y cuando “se interprete que se mantienen incólumes las potestades de control y fiscalización de la CGR y las competencias derivadas de los numerales 183 y 184 de la Constitución Política”.
En todo caso, una vez que la Sala resolvió la primera consulta que hizo el TSE, los magistrados dejaron claro que no se pueden reducir las potestades de la Contraloría por la vía de la reforma parcial a la Constitución Política por cuenta de la Asamblea Legislativa.
