Ordenan a Municipalidad autorizar nuevo relleno sanitario
El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, resolvió a favor de Empresas Berthier EBI de Costa Rica S.A., en un proceso contra la Municipalidad de Montes de Oro, ordenando a la corporación local otorgar el permiso de construcción para el proyecto denominado Parque de Tecnología Ambiental Galagarza.
La resolución, dictada por el juez Alex Rojas, se enmarca en un proceso de ejecución de acto firme a favor de la empresa EBI. El tribunal concluyó que la resolución N.° 2232-2025, emitida en marzo por el propio Contencioso en calidad de jerarca impropio, constituye un acto administrativo válido, firme y favorable que debe ser ejecutado de inmediato.
Durante el proceso, la Municipalidad de Montes de Oro reconoció la existencia del acto administrativo, pero alegó la existencia de recursos pendientes ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y cuestionamientos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), sobre alineamientos viales. Por ello solicitó rechazar la demanda.
Por su parte, EBI sostuvo que los recursos señalados no suspendían la eficacia del acto firme y que los alineamientos y permisos ya habían sido revisados, insistiendo en que la Municipalidad no podía volver a evaluar documentos que ya habían surtido efecto.
El tribunal respaldó la posición de la empresa al recordar que los actos administrativos firmes y favorables tienen dos efectos de ejecutividad y ejecutoriedad, lo que obliga a la Administración a cumplirlos sin necesidad de nuevos trámites o valoraciones.
El Tribunal expuso que la sentencia declara con lugar la ejecución del acto firme y favorable, obligando a la Municipalidad de Montes de Oro a acatar lo ordenado por el jerarca impropio: emitir el permiso de construcción en favor de EBI para el proyecto ambiental en Galagarza.
No obstante, el juez rechazó condenar en costas al municipio, considerando el criterio de la Sala Primera de que en este tipo de procesos no corresponde.
El fallo recalca que la discusión sobre posibles impedimentos o recursos pendientes no puede ventilarse en esta vía judicial, que se limita exclusivamente a ejecutar lo ya dispuesto en sede administrativa.
El Parque de Tecnología Ambiental Galagarza ha sido objeto de múltiples controversias legales y administrativas desde su planteamiento. Con esta resolución, la Municipalidad queda obligada a otorgar el permiso de construcción, aunque el cumplimiento efectivo podría enfrentar nuevos retos en el ámbito político y comunitario.
La decisión llega justo cuando hay una disputa de varias municipalidades con el Ministerio de Salud, por la nueva reglamentación que limita las distancias de traslado de desechos a un máximo de 80 kilómetros. A ello se une el hecho de que casi todos los rellenos sanitarios están a punto de cumplir su vida útil.