Contraloría anula acto final

Licitación para inspección técnica vehicular sufre un nuevo revés

El concurso para la inspección vehicular deberá comenzar de nuevo, tras la anulación efectuada por la CGR. Foto: MOPT.
photo_camera El concurso para la inspección vehicular sigue chocando con pared. Foto: MOPT.

La Contraloría General de la República (CGR) anuló, de oficio, el acto final del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) que declaró precalificadas las ofertas de la empresa TÜV Rheinland Certio, S.L., y al Consorcio Applus CR dentro del proceso de licitación para el servicio de inspección técnica vehicular.

¿La razón? La primera de las empresas no acreditó el cumplimiento de la experiencia requerida por el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) de 25.000.000 de revisiones integrales para la empresa SECTA, que forma parte de ese consorcio, pese a que durante el trámite de la primera ronda de impugnaciones el Consejo indicó que sí cumplía.

“Dado que ese incumplimiento pone en riesgo la ejecución del servicio frente a los criterios fijados por el propio COSEVI, se estimó necesaria la anulación", definió la Contraloría.

Y agregó: "A partir de lo resuelto, la administración deberá proceder con el dictado de un nuevo acto final, en apego al ordenamiento jurídico y a lo resuelto por este órgano contralor en las distintas rondas de apelación, todo lo cual corre bajo su entera responsabilidad".

Con base en ello, el COSEVI deberá definir el futuro de la licitación, por cuanto según estableció la Contraloría oportunamente, el servicio lo deben prestar al menos dos empresas en competencia. Pero, ante la decisión de este jueves, solo avanzaría el Consorcio Applus CR.

Cabe recordar que, el 21 de marzo anterior, la CGR instruyó al COSEVI a incluir a la empresa TÜV Rheinland Certio, S.L. como la segunda empresa precalificada, pero en esa oportunidad, se asumió que los 25 millones de revisiones integrales que debía acreditar el grupo, podían corresponder a una sola de las empresas que la conforman..

Luego de una segunda valoración de los documentos presentados por TÜV Rheinland Certio, S.L., se concluyó que el COSEVI, en realidad, no había definido cómo se debía acreditar ese requisito. Y a partir de ello, quedó claro que SECTA, que es una compañía del grupo de interés, no cumplió con los requisitos de admisibilidad.

Esto debido a que los documentos apostillados aportados por la representación legal no dio certeza de que certifique la experiencia y cantidad de inspecciones de la empresa SECTA.

“Esa circunstancia implica que la nulidad absoluta es indubitable por la forma en cómo fue evaluada la oferta de TÜV Rheinland. A partir de lo expuesto, resuelta evidente para este órgano contralor, de un ejercicio de mera constatación  y sin efectuar ninguna interpretación, que existe un vicio en la fundamentación fáctica y jurídica con que la Administración justifica la legalidad y oportunidad del acto final del presente concurso, al no acreditarse correctamente  que la oferta de TÜV Rheinland corresponde a un oferente idóneo, según se expuso a lo largo de la presente resolución y por lo tanto, conforme a las competencias constitucionales de este órgano contralor se anula de oficio el acto final del concurso, por vicio de nulidad absoluta evidente y manifiesta”, recalca la CGR.

Al mismo tiempo, la CGR declaró sin lugar el recurso de apelación al acto de precalificación que fue interpuesto por el Consorcio Dekra pues “desde la ronda anterior de apelación, se había indicado que incumplió un requisito de admisibilidad de índole financiero”.