Alerta Contraloría

Gobierno busca eliminar requisitos para desarrollar obra pública

Marta Acosta, contralora general de la República, alertó a los diputados sobre excesos en los proyectos de reforma a la Contratación Pública. Foto; Captura de imagen.

Los dos proyectos de ley planteados desde el Poder Ejecutivo, que pretenden una interpretación auténtica y una reforma a dos artículos de la Ley General de Contratación Pública (LGCP), van más allá de eso y más bien plantean aspectos para evadir el cumplimiento de leyes a fin de desarrollar obra pública.

Se trata de las iniciativas de ley “Interpretación auténtica de los artículos 66 y 77 de la Ley General de Contratación Pública, Ley n° 9986”, bajo el expediente 24.100 y “Reforma de los artículos 67 y 77 de la LGCP, n° 9986”, expediente 24.099, las cuales fueron redactadas luego de la Contraloría General de la República (CGR) señalara que los mecanismos con que el Poder Ejecutivo pretende desarrollar el proyecto denominado Ciudad Gobierno riñen con el marco legal vigente.

El Ejecutivo pretende construir el proyecto Ciudad Gobierno en terrenos del Estado, pero el diseño y la construcción estarían a cargo del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), instancia que otorgaría al país un préstamo por $450 millones para la obra.

Una vez construido Ciudad Gobierno, el Estado alquilaría al BCIE el bien que fue hecho en sus propios terrenos.

Marta Acosta Zúñiga, contralora general de la República, compareció ante los diputados de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, a quienes explicó que en el caso de la reforma, no se hace una simple aclaración como se indica en la exposición de motivos, sino que habilita la contratación del diseño y construcción de obra pública sin mediar concurso, “lo que implica una huida de los procedimientos ordinarios de contratación pública”.

“Contratar obra pública sin concursos riñe con el sistema de contratación pública que acogió nuestro país mediante la LGCP y que elimina muchas de las excepciones, precisamente, para cerrar portillos; modelo que fomenta la competencia para asegurar la idoneidad del contratista, genera descuentos y ahorros y promueve la transparencia, entre otros principios”, manifestó Acosta.

¿Nuevo mecanismo?

Agregó que se pretende la creación de un nuevo mecanismo de contratación de obra que contempla cinco tipos de contratos en terrenos públicos (derecho de uso de bienes públicos, arrendamiento público, financiación del proyecto, diseño y construcción y explotación comercial con terceros), que son parecidos a los contemplados de contratación pública que requieren de procesos concursales.

“Es un tema que requiere mayor sustento, rigurosidad técnica, participación de los diversos actores nacionales en su discusión responsable, porque el grado de incerteza, planteados en la norma, sobre los efectos es muy elevados”, afirmó Acosta.

Asimismo, adujo que las reformas planteadas a los artículos 67 y 77 de la Ley General de Contratación Pública irían en contra de algunos aspectos constitucionales como la proporcionalidad y la razonabilidad. Además, afectarían el principio de  sostenibilidad financiera, no se daría un análisis de desafectación de los bienes del Estado, que le corresponde a la Asamblea Legislativa y también podría ser contrario al principio de licitación de contratación de obra pública pues se pretende hacer sin concurso.

"Los jerarcas del Ministerio de Hacienda y MIDEPLAN manifestaron en esta Comisión, que la reforma tiene el propósito de generar mecanismos alternos y novedosos para el desarrollo de infraestructura, usando figuras de estructuración innovadoras, que eviten el aumento del endeudamiento público.

Sin embargo, la figura propuesta en terrenos públicos implica más deuda, pues se pretende utilizar el arrendamiento en terrenos públicos, el cual será financiero pues siempre el uso del bien deberá regresar al Estado,  siempre el inversionista deberá recuperar su inversión y el Estado tendrá, por tanto, una obligación de pago de mediano o largo plazo. Pretender no registrar el endeudamiento no es transparente y se podría tornar insostenible y  podría ser perjudicial”, alertó Acosta.

No cabe

Por su parte, en lo que respecta a la interpretación auténtica de los artículos 67 y 77, de la LGCP, la CGR reafirma que esta no cabe, pues “no resulta oscuro ni ambiguo como para requerir de una interpretación auténtica por parte de la Asamblea Legislativa”.

“Los aspectos que se pretenden ‘aclarar’ modifican el texto de ambas normas, exceden su alcance y como tal contravienen los límites dispuestos por la Sala Constitucional para la interpretación auténtica, que por su naturaleza y efecto retroactivo debe tramitarse con total apego a las condiciones requeridas. Antes que una interpretación auténtica nos parece una reforma legal.

“En la exposición de motivos del Proyecto de Ley no se cita ni un solo elemento objetivo o extracto de alguna discusión legislativa que se refiera a los aspectos incluidos en la interpretación. Es decir, algún parámetro objetivo que pueda ser utilizado como sustento para evidenciar el espíritu del legislador”, remarcó la Contralora.

Al mismo tiempo, Acosta detalló a los legisladores que “las modificaciones incorporadas a título de aclaraciones desnaturalizan el objetivo del artículo 67 y abren un portillo para desafectar, de manera genérica, bienes inmuebles públicos con finalidades específicas como los demaniales; para habilitar que la contratación directa sirva tanto para seleccionar inmuebles como contratistas; para revivir excepciones derogadas como la contratación con organismos de derecho público internacional exentos de control y para permitir arrendamientos con plazos extensos”.