Gamboa tendrá un cartucho más, ante fijación de límites

El Tribunal avala extradición de Celso Gamboa y fija límites a aplicación de reforma constitucional. Foto Asamblea Legislativa
photo_camera Tribunal de Apelación avala extradición de Celso Gamboa y fija límites a aplicación de reforma constitucional. Foto Asamblea Legislativa

El Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de San José (TASP-SJ) resolvió este martes el primer proceso de extradición de ciudadanos costarricenses bajo la reciente reforma constitucional, al confirmar la entrega de Celso Gamboa Sánchez y Edwin López Vega a Estados Unidos.

Adicionalmente el Tribunal fijó las garantías obligatorias al Estado requirente y revocó la extradición de un tercer imputado por aplicación del principio de irretroactividad de la ley.

Uno de los puntos que señaló la sentencia es que el Tribunal corrigió omisiones de la sentencia de instancia y condicionó la entrega a que el país requirente aporte promesas expresas y formales de que no se les impondrá cadena perpetua ni penas superiores a 50 años, además de garantizar el abono del tiempo de detención cumplido en Costa Rica.

Para López, el Tribunal exigió una garantía adicional: que Estados Unidos limite el juzgamiento únicamente a hechos posteriores al 22 de enero de 2014, fecha en la que ya había sido detenido, juzgado y condenado en Costa Rica, de modo que se respete el principio de cosa juzgada.

Los Jueces del Tribunal de Apelación ordenaron, también, que la fase final del trámite de entrega sea ejecutada por una nueva integración del Tribunal de Juicio, con el fin de preservar la garantía de imparcialidad.

De acuerdo con la resolución, Estados Unidos tendrá un plazo de dos meses, prorrogable bajo condiciones específicas, para presentar las promesas exigidas. De no hacerlo, la extradición no procederá y Costa Rica deberá juzgar los hechos con su propia legislación.

Mediante el voto 2026-180, emitido a las 7:30 a.m., el Tribunal resolvió los cinco recursos de apelación presentados contra la sentencia del Tribunal de Juicio de San José. La decisión fue adoptada por unanimidad en la mayoría de los extremos, salvo en el análisis de la aplicación temporal de la reforma constitucional, donde una jueza salvó parcialmente su voto.

El TASP-SJ confirmó la extradición diferida de Celso Gamboa y Edwin López, requerida por el gobierno de los Estados Unidos por dos cargos en cada caso.

El fiscal general de la República, Carlo Díaz expresó que así concluyen tres años de estar presionando para que se aprobara la modificación constitucional que permitió la extradición de ciudadanos costarricenses bajo ciertas reglas.

Díaz señala que la resolución solamente permite la extradición de dos de ellos, en este caso Celso Gamboa y Edwin López alias “pecho de rata” y respecto del tercer extraditable no lo está aprobando porque este tipo de trámites solo se puede aplicar por procesos a partir del 28 de mayo del 2025.

El fiscal general agregó que estarán realizando las gestiones en el caso específico de Edwin López para que los jueces que llevan causas penales pendientes autoricen un criterio de oportunidad como el utilizado con Gamboa, para así completar el proceso de extradición.

Uno de los puntos centrales de la resolución fue la interpretación de la reforma constitucional que permite la extradición de nacionales, vigente desde el 28 de mayo de 2025.

 

Bajo ese criterio, el TASP-SJ revocó la extradición de Jonathan Álvarez, al concluir que todos los hechos atribuidos en su contra ocurrieron antes de la reforma constitucional.

Por mayoría, el Tribunal determinó que esta norma no puede aplicarse retroactivamente, salvo en casos de delitos continuos o permanentes cuyos hechos se extiendan más allá de la fecha de entrada en vigor.

En consecuencia, ordenó que sea juzgado en territorio costarricense conforme con la legislación nacional y dispuso su inmediata puesta a disposición del Ministerio Público para definir las medidas cautelares correspondientes.

La jueza Ana Isabel Solís salvó su voto en este punto, al considerar que la reforma sí debía aplicarse retroactivamente.

El Tribunal también resolvió aspectos procesales relevantes, como declarar que la entrega provisional del teléfono celular de Celso Gamboa a la DEA no se ajustó al procedimiento, aunque aclaró que ello no afecta la decisión sobre la extradición ni la eventual entrega definitiva del dispositivo conforme con el tratado bilateral.

El Tribunal subrayó que la resolución no prejuzga culpabilidad o inocencia, sino que define, conforme con la Constitución y los tratados internacionales, si procede la entrega de personas requeridas y en qué condiciones, marcando un precedente clave en la aplicación de la extradición de costarricenses.